También se transcribe a continuación, por
creerlo igualmente de vigente interés aún, el comentario publicado en “YA” el 28 marzo 1995. (Los resaltes y subrayados se han incorporado ahora).
EL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD [siempre burlado por la LPH]
La
Constitución de 1978 consagra el principio 'de
legalidad' por el que venimos obligados a cumplir el
ordenamiento jurídico (art. 9.1) y las leyes,
las cuales, además, y de acuerdo con el de 'jerarquía normativa' (art. 9.3), no podrán ser alteradas
o derogadas si no es por otra ley [de igual o
superior rango], conforme
explican los artículos 1.2 y 2.2 del Código Civil.
Y como la propia Constitución, en su art. 14,
proclama la 'igualdad ante la
ley', tal sujeción abarca tanto a las personas
físicas como a las jurídicas, al gobernante como al gobernado, y a los juzgadores tanto como a los juzgados. Por eso ha llamado la atención, y provocado iras, el
proyecto del Gobierno de exceptuar a sus miembros del régimen jurídico
habitual, para ponerlos de por vida bajo el 'paraguas' del Tribunal Supremo.
Como si se quisiera con ello indultar a algunos.
Sin embargo,
no es sólo esta propuesta quien manipula al principio 'de
legalidad'. Por ejemplo, sobrevive hace 35
años un texto que bien se diría ajeno a ese mismo principio y al de 'jerarquía
normativa' y
nadie lo denuncia. Es la norma cuarta
del art. 16 [art. 18 actual] de la LPH (Ley de Propiedad Horizontal), que dice literalmente que los acuerdos contrarios a la
Ley (así: en afirmativo categórico universal) o a los Estatutos (que gozan entre los comuneros de fuerza legal por el art. 5 de la
misma LPH, y sólo pueden variarse por
unanimidad) serán impugnables, pero el acuerdo será provisionalmente ejecutivo". Lo cual equivale a
admitir que no serán 'nulos de pleno derecho',
o lo
que es lo mismo: que cualquier junta de vecinos
tiene 'competencia' suficiente
para contravenir
alguna ley.
Es
decir: se está equiparando a una vulgar reunión de copropietarios con el
Parlamento, que es el llamado a modificar o derogar leyes.
Pero no paran aquí las cosas. Porque, a renglón seguido,
esa misma LPH advierte que: "La acción -la de impugnación ante los jueces- deberá ejercitarse dentro de los treinta días
siguientes al acuerdo o a la notificación
si hubiere estado ausente el que impugna." Y claro: si el que
estuvo presente no cuenta desde ese mismo instante con el acta o, al menos, una certificación de lo que se
acordó en la junta, mal podrá impugnar algo, pues que si lo hiciese los directivos
de la comunidad podrían luego redactar un acta sin citar ese acuerdo, de modo que al
impugnador le condenarían entonces a costas por haber impugnado sin
fundamento, repartiéndose tan ricamente ese dinero y sembrando pronto con
ello el terror en los comuneros, que ya les dejarían las
manos libres.
Incluso el turbio asunto de
los ‘subasteros' (que se apropian, por sólo dos
ochavos, de pisos embargados) podría
provenir de que algunos contratan con amiguetes obras
carísimas para después —además de cobrar la 'prima'— pedir unas 'derramas' tan altas que algunos
comuneros no
puedan pagarlas,
embargarles entonces el piso y repartírselo
luego.
Sea como fuere, sigue repugnando
al principio 'de legalidad' lo de tomar por válidos acuerdos que infrinjan
la ley. Y quizá
por esto el Tribunal Supremo trata de mantener el texto
alterándolo él mismo al interpretar que ha de permutarse el femenino 'la'
por el demostrativo 'esta', y que hay que leer la
frase como "contrarios a esta Ley (la propia LPH)" en
vez de 'contrarios a la Ley".
Pero ni siquiera el Tribunal Supremo está legitimado para
cambiar la letra de las leyes.
Además, y tras la
permuta dicha, este Tribunal ha sentenciado que
si el acuerdo "contrario a
la ley" no se impugna en treinta días, se vuelve valedero; lo que parece también opuesto al
principio 'de legalidad' y al de 'jerarquía normativa'. Porque, si un órgano (tal como una junta de
vecinos) es radicalmente incompetente para hacer
leyes —porque las leyes las hace el Parlamento—, no creo que con el solo paso de un mes se
vuelva 'Parlamento'. Y si esto no
pasó, sus infracciones legales lo seguirán siendo.
Peso-Press
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